sábado, 31 de marzo de 2012

PLAN DE SALUD EN COLMBIA

                 PLAN DE SALUD EN COLOMBIA

Régimen contributivo
El régimen contributivo es el sistema de salud mediante el cual todas las personas vinculadas a través de contrato de trabajo, los servidores públicos, los pensionados y jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago, hacen un aporte mensual (cotización) al sistema de salud pagando directamente a las EPS lo correspondiente según la ley para que a su vez éstas contraten los servicios de salud con las IPS o los presten directamente a todas y cada una de las personas afiliadas y sus beneficiarios. Según la ley 100 de 1993 todos los empleados, trabajadores independientes (con ingresos totales mensuales a un salario mínimo) y los pensionados, deben estar afiliados al Régimen Contributivo. La responsabilidad de la afiliación del empleado es del empleador y del pensionado es del Fondo de Pensiones.
Al afiliarse al régimen contributivo el afiliado (cotizante) y sus beneficiarios tienen derecho a recibir:
*Un subsidio en dinero en caso de incapacidad por enfermedad.
*Un subsidio en dinero en caso de invalidez.
Régimen subsidiado
Acoge a la población sin empleo, contrato de trabajo o ingresos económicos, es decir considerada pobre y vulnerable, quien no tiene capacidad de pago que le permita cotizar al sistema (ingreso menor a dos salarios mínimos legales vigentes) por lo tanto quienes ingresan a él reciben subsidios totales o parciales, los cuales se financian con dos recursos fundamentales: las trasferencias de la nación a los departamentos y municipios y el Fondo de Solidaridad y Garantía,que a su vez se nutre con una contribución uno punto cinco puntos (1.5) de la cotización de los regímenes especiales y de excepción y hasta uno punto (1.5) puntos de la cotización de los afiliados al Régimen Contributivo, y de aportes de la nación.
Las personas que ingresan al régimen subsidiado son escogidas por cada uno de los municipios o distritos, teniendo en cuenta unos criterios de priorización, así:        *Recién nacidos.     
  *Menores desvinculados del conflicto armado.
    *la población del área rural y del área urbana de bajos recursos.
      *Población indígena


CARACTERÍSTICAS: El Plan tiene la función de proveer de manera integral, las acciones de salud individuales y colectivas con la participación responsable de todos los sectores de la sociedad, que mejoren la condiciones de salud de la población, incluyendo:
  1. Las prioridades, objetivos, metas y estrategias en salud, en coherencia con los indicadores de situación de salud, las políticas de salud nacionales, los tratados y convenios internacionales suscritos por el país y las políticas sociales transversales de otros sectores.
  2. Define las responsabilidades en salud pública a cargo de la Nación, de las entidades territoriales, y de todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, que se complementarán con las acciones de los actores de otros sectores definidas en el plan nacional de desarrollo y en los planes de desarrollo territorial.


PROPÓSITOS

  1. Mejorar el estado de salud de la población Colombiana.
  2. Evitar la progresión y los desenlaces adversos de la enfermedad.
  3. Enfrentar los retos del envejecimiento poblacional y la transición demográfica.
  4. Disminuir las inequidades en salud de la población Colombiana.


INCLUSIONES Y  SUPRESIONES: Sustitución en el Acuerdo 028 de 2011 y sus anexos 01, 02 y 03 en su integridad. El presente Acuerdo tiene como objeto la definición, aclaración y actualización integral del Plan Obligatorio de Salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado, que deberá ser aplicado por las entidades promotoras de salud y los prestadores de servicios de salud a los afiliados. El Plan Obligatorio de Salud se constituye en un instrumento para el goce efectivo del derecho a la salud y la atención en la prestación de las tecnologías en salud que cada una de estas entidades garantizará a través de su red de prestadores, a los afiliados dentro del territorio nacional y en las condiciones de calidad establecidas por la normatividad vigente.
 *El Plan Obligatorio de Salud es el conjunto de tecnologías en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y cuya prestación debe ser garantizada por las entidades promotoras de salud.
*Tecnología en salud: concepto amplio que incluye todas las actividades, intervenciones, insumos, medicamentos, dispositivos, servicios y procedimientos usados en la prestación de servicios de salud, así como los sistemas organizativos y de soporte con los que se presta esta atención en salud.
*Para acceder a los servicios especializados de salud es indispensable la remisión por medicina general u odontología general conforme al Sistema de Referencia y Contrarreferencia definido por la Entidad Promotora de Salud y por las normas de calidad vigentes. Se exceptúa el acceso a la especialidad de obstetricia, sin que ello se constituya en limitación de acceso a la atención por médico general, cuando el recurso especializado no sea accesible por condiciones geográficas o de ausencia de oferta en el municipio de residencia.  
*Si el caso a merita interconsulta al especialista, el usuario debe continuar siendo atendido por el profesional general, a menos que el especialista recomiende lo contrario en su respuesta.     
Cuando la persona ha sido diagnosticada y requiere periódicamente de servicios especializados, podrá acceder directamente a dicha consulta especializada sin necesidad de remisión por el médico u odontólogo general.

ESQUEMA DE VACUNACION

Vacuna
Esquema vacunación
*AntipolioDosis recién nacido, 2-4-6 meses. Refuerzo 18 meses-5años.
*D.P.T.2-4-6 meses. Refuerzo 18 meses-5años.
*B.C.G.Recién nacido, única dosis.
*PENTA (Hib - DPT,HB)2-4-6 meses.
*ANTIHEPATITIS B2-4-6 meses.
*HAEMOPHILUS INFLUENZA B2-4-6 meses.
*T.d.Primera dosis inicial, al mes de la 1ª dosis, a los 6 meses, al año y al año.
*TRIPLE VIRAL (SRP)Primer año de vida y refuerzo a los 10 años, posparto y posaborto so no tiene las 2 primeras dosis.
ANTIHEPATITIS A + BMayores de 1 año dosis inicial, al mes y a los 6 meses.
ANTI INFLUENZAMayores de 1 año hasta 6 años, 2 dosis por año y luego cada año. Adultos 1 dosis al año.
VARICELAMayores de 1 año hasta los 12 años, 1 dosis. Depende de la casa productora de la vacuna. Mayores de 12 años, 2 dosis. Dosis inicial y al mes.
NEUMOCOCO 23Mayores de 2 años, dosis inicial y refuerzo a los 5 años.
Se recomienda para mayores de 65 años enfermedades crónicas, inmuno deficiencias, SIDA, HIV+.
ANTIMENINGOCOCOMayores de 5 años hasta los 14 años, dosis inicial y a los dos meses.
ANTIHEPATITIS AMayores de 1 año, dosis inicial y a los 6 meses
(DPTa-IPV-Hib)2-4-6 meses.
**FIEBRE AMARILLADosis inicial y refuerzo cada 10 años. 15 ó 20 días antes de viajar.
PREVENAR (NEUMOCOCO)Si es menor de un año (2-4-6 meses) y cuarta dosis entre 12 y 15 meses.
PREVENAR (NEUMOCOCO)Si es mayor de 1 año hasta los 2 años, 2 dosis cada 2 meses.
PREVENAR (NEUMOCOCO)Si es mayor de 2 años hasta los 9 años, 1 dosis.
*TOXOIDE TETÁNICODosis incial, al mes y cada año hasta completar 5 dosis.
* Vacunas cubiertas por el POS.** Cubierta por el ministerio de Salud





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